Incentivos fotovoltaicos 2021 2022 Esto es lo que ganas

Ellos vuelven incentivos para fotovoltaica, pero también para eólica, geotérmica y otras fuentes renovables para los años 2019, 2020 y 2021. De hecho, el borrador del decreto del Ministerio de Fomento y Medio Ambiente ha sido publicado y se publicará inmediatamente después del verano. Volvemos a hablar de la fotovoltaica, en este caso para plantas nuevas o mejora de antiguas con una potencia inferior a 1 MW. Por lo tanto, 5 años después del final de la quinta cuenta de energía habrá una sexta cuenta?
Las cosas son diferentes porque el sistema de incentivos será diferente al del pasado. Si una vez todas las plantas, hasta la cobertura máxima del fondo que prevé la ley (algo más de 6.000 millones de euros de la quinta cuenta de energía que se agotó en 2013), podían acceder a los incentivos, esta vez es necesario participar en un subasta diferenciada en los años 2018, 2019 y 2020. La dotación del fondo es igual a 5.800 millones de euros al año.
Plazos de participación en subastas de incentivos renovables:

  • 19 de noviembre de 2018
  • 30 de marzo de 2019
  • 30 de julio de 2019
  • 30 de noviembre de 2019
  • 30 de marzo de 2020
  • 30 de julio de 2020
  • 30 de noviembre de 2020

La documentación debe ser preparada y enviada utilizando los formularios que estarán disponibles en el portal www.gse.it, mientras que por lo que respecta la duración de los incentivos será de 20 años para fotovoltaica, eólica y de 25 o 30 para otro tipo de fuentes renovables.

¿Cuánto son los incentivos?

en lo que se refiere a la producción de energía eléctrica a partir de energía fotovoltaica, la remuneración de cada kilovatio producido variará de acuerdo a la potencia de la planta conforme a esta subdivisión:

  • planta con potencia entre 20 y 100 kw, reembolso de 110 euros por MWh
  • planta con potencia entre 100 y 1000 kw, reembolso de 90 euros por MWh
  • planta con potencia superior a 1000 kw, reembolso de 70 euros por MWh

La retribución es de veinte años como en la antigua Ley de Energía, a partir del 1 de enero de 2020 los importes deberán reducirse en un 5% .

Cómo participar en licitaciones para la adjudicación de incentivos

las solicitudes deben presentarse en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha del aviso de subasta dividido por cuatro meses del año. Dentro de los 90 días posteriores al cierre, el GSE creará una clasificación después de verificar los requisitos para las solicitudes individuales considerando que la potencia máxima disponible para cada convocatoria es:

  • 35 MW para 2018
  • 35 MW para el primer trimestre de 2019
  • 90 MW para el segundo trimestre de 2019
  • 90 MW para el tercer trimestre de 2019
  • 110 MW para el primer trimestre de 2019
  • 110 MW para el segundo trimestre de 2019
  • 110 MW para el tercer trimestre de 2019

Características de los sistemas fotovoltaicos que pueden acceder a los incentivos

Las plantas de energía renovable indicadas en el Anexo 1 se enmarcan en las siguientes categorías:

  • centrales de nueva construcción, totalmente reconstruidas y reactivadas, con una potencia inferior a 1 MW; b) plantas sujetas a mejora, si la diferencia entre el valor de la potencia después de la intervención y el de la potencia antes de la intervención es inferior a 1 MW;
  • plantas sujetas a rehabilitación con una potencia inferior a 1 MW. 2. Las plantas a que se refiere el apartado 1, con una potencia superior a los valores máximos allí indicados, acceden a los mecanismos de incentivos a que se refiere este decreto previa participación en procedimientos de licitación pública para la definición del nivel de incentivo, dentro de los límites de contingentes de poder. 3. Los procedimientos de registro y subasta a que se refieren los apartados 1 y 2 se rigen, respectivamente, por el Título II y ID del presente Decreto y se realizan por vía electrónica respetando los principios fundamentales de transparencia, publicidad, defensa de la competencia y de acuerdo con la no -modalidades discriminatorias. 4. Las plantas tienen acceso a los incentivos a que se refiere este decreto siempre que las obras de construcción relativas resulten, desde la comunicación de inicio de obras remitida a la administración competente, iniciadas con posterioridad a la inclusión en un puesto útil en el ranking. El primer período no se aplica a las plantas que tuvieron acceso directo a los incentivos de conformidad con el artículo 4 del DECRETO de 23 de junio de 2016, ni a las plantas a que se refiere el artículo 4, párrafo 6, del mismo decreto que resultaron idóneas, pero que se encuentren inscritos en posición no útil en los registros abiertos en virtud del decreto de 23 de junio de 2016.
  • Decreto completo del Ministerio de Fomento

    Trabajo en esta gran empresa desde hace más de 5 años.
    Soy una apasionada de la energía renovable y de darle al planeta una oportunidad más.
    El futuro ya está aquí y es verde... ¿a qué esperas para ser parte de él?
    Carla Valentino

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